Durante estos días el Senado ha despachado a la Cámara el denominado “proyecto de ley de sobreendeudamiento” que, en varios de sus artículos, aborda importantes modificaciones a la ley 20.009 sobre fraudes bancarios. Las incorporaciones más relevantes dicen relación con la obligación del denunciante de un fraude, de formalizar el mismo mediante una denuncia en la Fiscalía o las policías y en la posibilidad de la institución financiera de negarse a la devolución solicitada sobre la base de la concurrencia de circunstancias que demuestren la presencia de dolo por parte del solicitante, lo cual deberá ser ratificado por en un procedimiento judicial especial, a cargo del Juzgado de Policía Local correspondiente.

Si te interesa la materia, haz clic aquí para leer el proyecto de ley referido.

[custom_owl_carousel category=”your-category-slug” items=”1″ autoplay=”true” nav=”true”]